Normativa básica para el uso de carretillas elevadoras

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Toyota Material Handling

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Publicado el 07 agosto 2019 - 2 minutos de lectura

Carretillas elevadoras

El uso de carretillas elevadoras está enmarcado por una serie de normativas básicas que aunque no sean de cumplimiento obligado son una buena referencia para que las empresas cumplan con la calidad y seguridad en su trabajo. Así, se aseguran además de dominar la carretilla y llevar a cabo un uso seguro, un óptimo y excelente manejo. Desde Toyota Material Handling os hablamos de las normativas básicas, tanto en términos de la formación necesaria como las disposiciones establecidas por la Ley de prevención de Riesgos Laborales.

Necesidad de formación

En una empresa existen diversos equipos, trabajos y tareas. Para utilizar una carretilla elevadora es importante que el operario, la persona encargada de su conducción y manejo, tenga las competencias y los conocimientos necesarios para adecuarlos a las nuevas tecnologías y las situaciones de riesgo que puedan surgir. Es recomendable que se informe y forme de una manera correcta a todas las personas que utilicen las carretillas.

Para empezar a utilizar una carretilla deberíamos contar previamente con un programa de formación adaptado a los conocimientos de los trabajadores respecto la materia. Son esenciales para poder desarrollar las tareas de manejo con seguridad y eficiencia. Por tanto, se deberá diferenciar entre las personas que se incorporan a la empresa sin experiencia, de las que tienen práctica pero no disponen de formación, y de las que se reciclan y adecuan sus conocimientos con experiencia y formación. El último perfil es el idóneo.

Esta formación va dirigida a:

  • Máquinas elevadoras Tipo 1: Transpaletas, transportadores y tractores de arrastre, apiladores.
  • Máquinas elevadoras Tipo 2: Mástil con carga en voladizo, brazo telescópico, retráctil, conductor que se eleva con carga, montadas sobre camión.

carretilla retráctil colocando pallet en estantería

Objetivos de la norma que apuesta por la formación

La norma Une 58451:2014 pretende definir los puntos más importantes de la formación de los operadores de carretillas elevadoras hasta 10.000 kg. Con ello se apuesta para que el operador sea capaz de utilizar las carretillas en un entorno de trabajo, además de conocer las operaciones de manipulación existentes, las medidas de seguridad y los riesgos.

¿Quién puede impartir la formación?

Sólo pueden impartir la formación las empresas cuyas actividades son la formación -como son las autoescuelas-, o los fabricantes y los suministradores de carretillas. Éstos disponen de unas instalaciones amplias y apropiadas para formar tanto la teórica como la práctica. Además de carretillas y equipos, se puede acreditar y disponer de personal para la formación, certificar a formadores que cumplan los requisitos, disponer de procedimientos que aseguran la calidad de certificados para actividades de formación.

Perfil de los formadores

Los formadores deben ser personas mayores de 25 años, con formación técnica mínima a nivel de formación profesional o tener una experiencia de 3 años en actividades relacionadas con la manutención. Otras opciones es que tenga conocimientos pedagógicos y capacidad de comunicación, estar acreditado por un organismo certificador, acreditar disponer de la formación de nivel básico en prevención de riesgos laborales -de 50 horas como mínimo-. En cuanto al supervisor, debe ser designado por la empresa o haber recibido la formación correspondiente. Y las horas destinadas son 7 u 8 horas para personas que tengan experiencia y 20 para los que no tengan experiencia.

Certificado de la formación

Una vez se ha recibido la formación necesaria se obtiene la certificación conforme se han superado con éxito todas las pruebas teóricas y prácticas requeridas para la conducción y el manejo de la carretilla eléctrica elevadora. Las empresas formadas constan en un certificado pero igualmente las empresas que han realizado la formación tienen un registro de los operadores que han llevado a cabo el curso.

Ley de prevención de Riesgos Laborales

En nuestro país existe una normativa de conducción de carretilla elevadora y que se rige por los Reales Decretos 31/95 art. 18 y 19 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales que dice que el empresario debe garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, adecuada y suficiente. Asimismo, esta formación debe centrarse en el puesto de trabajo o función del trabajador en la empresa, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos. Las formaciones deben repetirse periódicamente, en caso de ser necesario.

Si somos conscientes de estas normativas nos aseguramos la seguridad tanto del operario como del resto de compañeros de la empresa, aparte de prevenir posibles males mayores. La formación es muy necesaria, ya que la Inspección de Trabajo de Seguridad Social la requeriría en caso de accidente de un trabajador o para cualquier causa que considere oportuna.

Aun así, siempre debemos estar atentos a posibles actualizaciones, renovaciones o ampliaciones tanto en la legislación de carretillas elevadoras como en las formaciones que se imparten.

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